En los casos en lo que el trabajador vaya a desarrollar su actividad por cuenta propia, deberá encargarse él mismo de acudir a la oficina consular o diplomática de España en su país de residencia siguiendo los mismos pasos que en el caso anterior. La dedicación que puedes ver en https://paxtondqygn.fireblogz.com/64579120/the-best-side-of-permiso-de-conducir-español-para-ciudadanos-extracomunitarios