1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al patrón para la subsanación de las deficiencias observadas, menos que por la gravedad e inminencia de los riesgos procediese adoptar la paralización prevista en el https://auditor-a-en-sst77395.full-design.com/los-normatividad-en-sst-diarios-78496629